Espiar WhatsApp: lo que miles de personas están buscando
Antes de que llegasen las redes sociales a nuestras vidas, y de que lo hicieran las apps de mensajería instantánea, había muchas otras formas de comunicación que daban pie a la intención de espiar el contenido de las conversaciones. Ahora bien, es cierto que los medios informáticos han favorecido esto, en tanto que son un soporte que hace que las comunicaciones perduren y no sean efímeras como una conversación directa y hablada. Pero ¿es posible espiar WhatsApp? ¿Qué es realmente lo que nos vamos a encontrar?
Miles de personas quieren saber cómo espiar WhatsApp
Google tiene una maravillosa herramienta: Keyword Tool Planner. Esta herramienta es para el ámbito del marketing, para anunciantes, que pueden analizar el volumen de búsqueda mensual para una determinada palabra clave. Es decir, que sirve para saber cuánta gente busca ‘espiar WhatsApp’ cada mes, que es lo que nos interesa en este caso. Y solo en el mes de abril de 2018, el pasado mes, 40.500 personas aproximadamente hicieron esta búsqueda en España. En marzo y febrero, 33.100 cada mes. Y el volumen, como se aprecia en la gráfica anterior, es similar mes tras mes.
Precisamente por esto, por el enorme interés que hay en torno a ‘espiar WhatsApp’, es por lo que existen graves riesgos si tenemos esta intención. Los ‘hackers’ han encontrado en ello un lugar donde estafar a los interesados. Cuanta más gente busque cómo espiar WhatsApp, más interesante será lanzar una estafa en este nicho, o bien ofrecerles un malware. Sin duda, ‘espiar WhatsApp’ se ha convertido en un cebo interesante para los atacantes.
¿Qué vamos a encontrarnos si buscamos ‘espiar WhatsApp’ en Google?
A día de hoy, el primer resultado que aparece es el anterior. ¿Sabes qué es eso? Es un formulario en el que nos piden un número de teléfono. ¿Sabes para qué? Para quedar automáticamente suscritos a un servicio de SMS premium. Así que no vamos a ver los mensajes y secretos de otra persona, ni muchísimo menos. Lo único que vamos a ver es cómo nos cobran un dineral en la factura de teléfono por cada SMS. Efectivamente, se trata de una estafa que huele a kilómetros, pero que hace picar a muchos usuarios.
En otros casos vamos a encontrarnos directamente con malware: aplicaciones falsas que, en lugar de cumplir con su supuesto cometido, instalan virus de todos los tipos en nuestro dispositivo móvil. Y que pueden acabar con la privacidad de alguien, sí: la nuestra.
Espiar WhatsApp es ilegal
Cada vez son más las sentencias judiciales que se han producido en torno a este interés, el de espiar WhatsApp. Principalmente en el ámbito de las relaciones sentimentales. En el año 2015, a finales, se condenaba a una persona por haber accedido al teléfono móvil de su pareja con la correspondiente contraseña de seguridad para descargar un archivo privado. Se trataba entonces de un mensaje de correo electrónico, pero la Justicia considera de la misma manera este soporte y las aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp. En esa condena no se contemplaba la difusión o cesión del material a terceros. La condena la emitió el juzgado de lo penal número 4 de Girona, con dos años y medio de cárcel como pena y multa de seis euros diarios durante 19 meses por un delito de descubrimiento y revelación de secretos con agravante de parentesco.
La ilegalidad de estos actos la contempla el artículo 197 del Código Penal, considerándolo como un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Y el castigo es una pena de entre 1 a 4 años de prisión. Es decir, que conseguir espiar WhatsApp –algo para lo que existen pocas posibilidades u opciones- es un hecho constitutivo de delito. Luego, más allá de los riesgos que entraña por motivos de seguridad –en términos informáticos-, es ilegal hacerlo.
¿Qué dice la Ley sobre espiar WhatsApp, si se trata de mis hijos?
La cuestión cambia si, en realidad, no es espiar WhatsApp lo que queremos sino, más bien, revisar las conversaciones de nuestros hijos. Siempre y cuando sean menores de edad, claro. Según el auto de la Audiencia de Pontevedra, en diciembre del pasado año, ‘el desarrollo de las redes sociales requiere atención y vigilancia de los progenitores con el fin de preservar la indemnidad de los menores’. En este auto se incluía la aplicación WhatsApp como una de las mencionadas redes sociales.
El caso en cuestión fue archivado tras la denuncia de la madre, contra el padre, por haber pedido a sus hijos que le dijeran la contraseña del móvil del que eran usuarios y le permitieran ver las conversaciones que habían mantenido con otros usuarios. Conforme al artículo 154 del Código Civil, ambos progenitores –con la patria potestad sobre los menores- tienen la obligación de velar por ellos, educarles y procurarles una formación integral.
Via: www.adslzone.net