12 Cosas Que Deberías Saber De La Nueva Resintonización De La TDT
La resintonización de la TDT es la consecuencia del Segundo Dividendo Digital, es decir, del proceso que liberará la banda de los 700 MHz para que sea utilizada por las operadoras para la tecnología 5G. Desde el pasado verano se está realizando este proceso de forma ordenada por toda España con el objetivo de acaba antes del 30 de junio de 2020. Esta es la fecha límite establecida por la Unión Europea para reasignar la banda de frecuencia los 700 MHz. Por parte de los ciudadanos muchas dudas sobre si podrán seguir viendo los mismos canales TDT, si su televisor actual servirá o sobre cuanto les costará todo esto. Para ello, estas preguntas y respuestas sobre la resintonización de la TDT.
¿Qué es el segundo dividendo digital?
Se trata del proceso que liberará el conjunto de frecuencias entre 694 y 790 MHz (banda 700 MHz) que hay que liberar (despejar o desocupar) antes del 30 de junio de 2020 para que éstas puedan ser utilizadas para el despliegue de servicios de 5G. Esto ya se realizó entre 2014 y 2015, aunque en aquel momento se denominó Primer Dividendo Digital y liberó la banda de 800 MHz.
¿Todos los ciudadanos deberán resintonizar la TDT?
No, se calcula que afectará a aproximadamente 850.000 edificaciones y 21 millones de habitantes. De hecho, España se ha dividido en 75 partes de las cuales 67 zonas tendrán cambios en las frecuencias de la TDT. En Asturias, Barcelona, A Coruña, Menorca, Melilla y Toledo (y gran parte de Murcia) no se producirán cambios.
¿Todos los edificios o casas están afectados?
No, esto depende del tipo de instalación que tengamos:
- En viviendas unifamiliares y edificios de menor tamaño con amplificador de banda ancha no se requiere adaptación ya que el mismo amplificador vale para recibir los nuevos canales.
- En edificios de tamaño medio con centralita programable sí será necesaria adaptación y la centralita deberá reprogramarse para amplificar la señal de los nuevos canales, no siendo necesario equipamiento adicional.
- En edificios de gran tamaño con amplificadores monocanal sí será necesaria adaptación y deberán añadirse amplificadores nuevos para cada uno de los nuevos canales.
¿Van a desaparecer canales?
No, seguiremos viendo los mismos canales.
¿Seguirá siendo válido mi televisor o sintonizador de TDT?
Sí, el segundo dividendo digital no implica el cambio de tecnología.
Mi edificio necesita adaptación, ¿qué tengo que hacer?
La adaptación deberá realizarla un instalador de telecomunicaciones registrado. Contactar con uno de ellos suele ser laboral del administrador de fincas o el presidente de la comunidad de vecinos. Es importante saber que está en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicaciones de la Secretaría de Estado para el Avance Digital (SEAD) a la hora de contactar con un instalador registrado.
¿Cuándo hay que hacer la adaptación?
Una vez comience el proceso en nuestra zona. El Gobierno y el resto de los agentes implicados en este proceso informarán a la ciudadanía de cuándo tienen que adaptarse a esta nueva reordenación de frecuencias.
¿Por qué salen los canales en dos números?
Esto se llama simulcast y es la emisión simultánea de un canal de televisión, en dos frecuencias distintas (la habitual hasta el momento y una nueva). Es una estrategia que se adopta para garantizar que el ciudadano tuviera tiempo de adaptarse al nuevo canal. Los canales afectados por el cambio de frecuencias lo pondrán en marcha.
¿Tengo que volver a sintonizar los canales?
Sí, para seguir viéndolos todos sin problemas. En caso de no hacerlo, es posible que “perdamos” algún canal.
Un vecino no quiere hacer la resintonización, ¿qué pasa?
La comunidad de vecinos tiene la obligación de proceder a la adaptación de la instalación receptora cuando así lo acuerden un número suficiente de integrantes de la junta de propietarios que representen al menos un tercio de las cuotas de participación tal y como está establecido en el artículo 17 párrafo 2 de la Ley 49/60 de Propiedad Horizontal.
Además, si al menos un usuario solicita la adaptación de la antena colectiva, la comunidad tiene la obligación de proceder a la adaptación de la instalación receptora.
¿Me va a costar dinero? ¿Hay ayudas?
El gobierno ha puesto en marcha un programa de ayudas para compensar los costes derivados de la adaptación de los edificios afectados por la liberación del Segundo Dividendo Digital. Estos son los importes:
- Infraestructura de recepción de televisión que no requiere de la instalación de equipamiento adicional, independientemente del número de múltiples digitales: 104,3 euros.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 euros.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para dos múltiples digitales: 260,75 euros.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para tres múltiples digitales: 365,05 euros.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cuatro múltiples digitales: 469,35 euros.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cinco múltiples digitales: 573,65 euros.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para seis múltiples digitales: 677,95 euros.
Voy a comprar un nuevo televisor, ¿qué tengo que mirar?
Pues como mínimo, debe cumplir con estas tres premisas:
- La obligatoriedad de que todos los televisores tengan sintonizadores de HD y de DVB-T2 en el plazo de 9 meses.
- La obligatoriedad de que, en el mismo plazo, todos los televisores de 40 pulgadas o más incorporen, además de lo anterior, el sintonizador para las emisiones en ultra alta definición y capacidad de conexión a banda ancha.
- La obligatoriedad de que, en el plazo de nueve meses, todos los televisores de 24 pulgadas o más, y que dispongan de conexión a banda ancha, que se pongan en el mercado español deben ser compatibles con la norma europea [ETSI TS 102 796] v1.4.1 (o posterior) Hybrid Broadcast Broadband TV – HbbTV, implementando la especificación HbbTV 2.0.1 o posterior.
Via: www.adslzone.net